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CASO MINAS A CIELO ABIERTO DE “EL FEIXOLÍN” DIA 1

EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEÓN HA COMENZADO ESTA SEMANA EL CASO DE LAS MINAS A CIELO ABIERTO DE “EL FEIXOLÍN” CONSIDERADO, PRESUNTAMENTE, COMO EL MAYOR DELITO CONTRA EL MEDIO AMBIENTE PRODUCIDO EN NUESTRO PAÍS.

Hoy te desgranamos lo que sucedió durante la Primera Sesión:

1.- CUESTIONES PREVIAS

A. Ministerio Fiscal. Ninguna.

B. Acusación particular. Ninguna.

C. Acusación popular. Ninguna.

D. Defensa Guillermo Murias. Ninguna.

E. Defensa Victorino Alonso García:

1. Prescripción del delito respecto de su defendido

Alega que el procedimiento comienza en 2001 y la imputación frente a él no se concreta hasta el 2009. Alega que no cabe delito continuado en delito contra el medio ambiente por lo que la prescripción al no constar la fecha de finalización de la extracción minera debe computarse desde 2001.

2. Cosa Juzgada

Alega que lo que se tratara en el Juzgado Penal 1 de León en PA 205/15 y confirmado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León, son los mismos. Hechos que los aquí enjuiciados. Que a pesar de ser acusación solo por desobediencia, que también entra a valorar el fondo de la cuestión sobre el medio ambiente.

3. Documental, se admite

Aportación de 11 documentos que en su mayor parte están en autos.

4. Testifical

Javier Víctor Maillo Sánchez, que se admite.

F. Defensa José Tascón:

1. Cosa juzgada, en idénticos términos que Vitorino Alonso

G. Defensa de COTO MINERO CANTÁBRICO (ADMÓN. CONCURSAL):

1. Documental, organigrama de la empresa

2. Prescripción de la acción civil de responsabilidad

LA SALA SUSPENDE PARA DELIBERAR.

LA SALA REANUDA A LAS 10,30 H INDICANDO QUE RESOLVERÁ EN SENTENCIA LAS CUESTIONES PREVIAS 1 Y 2. RESTO ADMITE.

2. – INTERROGATORIO DEL ACUSADO VICTORINO ALONSO GARCÍA

Al Fiscal:

Sobre formación y cargos:

-con muestra folio 817 y siguientes, FOLIOS de 175 a 177  y  de  1373 y 1402  Pregunta: si no es él el GERENTE MSP. Lo niega, dice que el solo es Consejero Delegado. El no tomaba decisiones, las tomaba el Director General. El Nunca fue accionista, dice que el verdadero responsable de una explotación minera es el director facultativo. Dice que no sabía en algunos casos ni donde estaban las explotaciones.

Sobre las licencias:

-que el  proyecto es de 1986, que el director general les dijo que sí había Declaración de impacto ambiental (DIA) Que empezaron en 1994 y que no sabe si se pidió o no licencia. Que no sabe si todas las explotaciones tenían DIA, pero que eso es cosa del Director General.

Sobre las sentencias del TSJ CyL y Jdo. Contencioso de León (folios 589 y siguientes):

-que no las conocía.

Sobre cuantas explotaciones tiene:

– que unas 8-10. A la muestra del folio 713 dice que no sabe si son grupos de interior o cielos abiertos.

Sobre la piedra que reventó la edificación de Antonio Arias:

-que es falso, que Arias lo hizo con una retro excavadora para parecer la víctima ante todos.

Sobre Guillermo Murias:

-que era el presidente de Comité de Empresa, que había malas relaciones con el.

Sobre José Tascón:

-que era el RECADERO.

Sobre sus ingreso:

-que está jubilado, que cobra unos 2500 euros y que le embargan parte.

A la Acusación Popular:

-que él votó a favor de la explotación (pregunta sobre si el Director General proponía la explotación al consejo de administración, para conocer cuál era la voluntad de Victorino).

3. – INTERROGATORIO ACUSADO JOSÉ TASCÓN GONZÁLEZ

Sobre su cargo:

-que fue apoderado, que no tenía relaciones con Victorino, que declaró a instancias de la asesoría jurídica y que desconoce que fuera como imputado aquél día al juzgado de instrucción.

A la Acusación Popular:

Sobre el folio 41. -que el presentó ese escrito y lo firmó por instrucciones expresas de la Asesoría Jurídica (a la pregunta concreta de si la asesoría jurídica le indicó que la Ley no permitía obtener licencias contrarias a Derecho por silencio administrativo).

4. – INTERROGATORIO DE GUILLERMO MURIAS ANDONEGUI

Sobre sus cargos:

-que trabajó en MSP desde 1978, en 1988 fue secretario general de CCOO Villablino, y en 1995 fue Alcalde hasta 2003.

Sobre la ilegalidad de “El Feixolín”

-que no entiende que eso sea un informe el del folio 62-63 (se le PREGUNTA por un certificado emitido por el secretario del ayuntamiento donde se hace constar que la explotación no tiene DIA, Licencia de actividad, apertura… y como es posible que con esa información dictara la resolución de 60-61). Que dice que solo le importaban los trabajadores, que no recuerda si otorgó las licencias, que por silencio solo otorgaron las solicitadas de pistas de acceso y accesoria. Que dice que la resolución es de la comisión de Gobierno, no de él solo.

Sobre si ha recibido presiones o sugerencias de MSP para dictar la resolución:

-Dice que no las ha recibido, que era plenamente consciente del MARRÓN que tenía encima, por un lado los trabajadores y por otro la empresa.

5. – DECLARACIÓN DE TESTIGO Arquitecto Municipal (folio 84-92)

Que conoce “EL FEIXOLÍN”, que le pidieron informe antes de 1995. Que no cumple con la normativa. Que ha visto allí en el ayuntamiento a Victorino y a Tascón hablar varias veces con Guillermo Murias.

6.-  DECLARACIÓN DE TESTIGO . PERJUDICADO, ANTONIO ARIAS TRONCO

Que Victorino intentó presionarle para la venta de una finca, que de manera mafiosa intentó que se la vendiera, que le destruyó la edificación con una piedra procedente de la explotación, que le llamó Guillermo Murias para indicar que le visitaría Vitorino.

A la pregunta del Letrado de la  ACUSACIÓN POPULAR:

– que Victorino fue, al menos 2 veces con TASCÓN a hablar con Antonio, una en un restaurante y otra en Piedrafita, y que Guillermo Murias era el secuaz de Victorino.

Así termina la primera intensa Sesión del Caso de las Minas a Cielo Abierto de “El Feixolín”

Jorge González Lage. Abogado Penalista de Lex Castellana.

 

 

 

 

 

 

2019-04-09T18:36:19+00:009 abril, 2019|Categorías: Actualidad Jurídica|

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