LEX CASTELLANA Gabinete Jurídico / Tel: +34 913 144 931 / Paseo de la Castellana, 255 Bajo C, 28046, Madrid

PERSECUCIONES EN LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS. ¿HASTA CUANDO?

Que en la Universidad Rey Juan Carlos han ocurrido cosas que cruzan el terreno de la legalidad y de la moralidad ya no es un secreto para nadie. Aún así, ese reino “del todo vale porque lo digo yo” sigue dejando inocentes en la cuneta. Mientras, los máximos responsables de regalar títulos, nombrar profesores y rectores a dedo, gastar dinero sin control, etc. siguen haciendo su vida como si estuvieran por encima de la Ley.

Lo último, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid en la que se condena al Catedrático de la URJC Octavio Uña a una Pena de 9 años de inhabilitación por desobedecer en el año 2013 al, por aquel entonces, Rector Fernando Suárez.

El Letrado del Señor Uña Juárez, Jorge González Lage, ha querido realizar unas manifestaciones sobre lo ocurrido en este Procedimiento Judicial y sobre algunos de los episodios vividos por su cliente dentro de la mencionada Universidad.

Manifestaciones Del letrado Jorge González Lage sobre el procedimiento judicial en relación a su cliente don Octavio Uña Juárez

ACLARACIONES

“En calidad de Letrado de Don Octavio Uña Juárez deseó hacer las siguientes manifestaciones a la sentencia de la sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid que confirma la dictada por el Juzgado de lo Penal 3 de Móstoles:

Como no puede ser de otra manera respeto la sentencia dictada en el presente procedimiento pero en uso de mi libertad de expresión en el ámbito jurídico vengo a revisar la siguiente manifestación y crítica sobre las sentencias dictadas”.

CRONICA DE LO OCURRIDO EN LA URJC

“Octavio Uña jamás dictó (o dejó de dictar) una resolución finalista en relación con la solicitud del señor Esteban. En este sentido no se cumple lo que exige el Tribunal Supremo en su Sentencia 300/12.
D. Alfonso de Esteban Alonso, en fecha 19 de febrero de 2013, presentó una solicitud al Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, D. Pedro José González-Trevijano Sánchez, con el objeto de que se le concediera la condición de profesor emérito, pretendiendo aprovechar una incorrecta fecha del concurso de acceso que le dio la condición de Catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos, tal y como se acredita en la documentación adjunta.
Al Departamento de Ciencias Sociales (Que dirigía Octavio Uña) le fue remitida una hoja de servicios no ajustada a la realidad de la trayectoria del querellante, de fecha posterior pero cuyo contenido estaba en perfecta concordancia con dicha solicitud, tal y como se acredita en la documentación adjunta. En esa hoja de servicios aparecen incluso cátedras en universidades que jamás existieron y fechas de toma de posesión que no coinciden con la realidad.
Se emitió después un informe por la URJC diciendo que habían existido errores informáticos en el volcado de datos”.

Desde que saltara a los medios de comunicación el llamado Caso Máster y los títulos puestos en entredicho de Cristina Cifuentes, Pablo Casado o Carmen Montón, no es la primera vez que escuchamos hablar de papeles que desaparecieron, CV difíciles de acreditar, notas infladas, etc., etc.

REQUISITOS PARA SER NOMBRADO PROFESOR EMÉRITO

“D. Alfonso de Esteban Alonso no acumulaba los 10 años de servicios efectivos a la Universidad Rey Juan Carlos ya que la condición de Catedrático de Universidad de la Universidad Rey Juan Carlos del área de conocimiento de «Sociología», adscrito al Departamento de Ciencias Sociales, en fecha 9 de junio de 2004, BOE de 21de junio.
Ni el Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos ni su Junta Consultiva (hoy Consejo de Rectores) emitió jamás un informe sobre la actividad y méritos de D. Alfonso de Esteban Alonso, tal y como exige el artículo 119.1 de los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos. Por tanto la ausencia provisional del informe del Consejo de Departamento de Ciencias Sociales no era el elemento que faltaba para poder tramitar la solicitud del señor Esteban. Nunca hubo ninguna tramitación por parte la universidad del resto de informes preceptivos.
Con posterioridad a que el Departamento de Ciencias Sociales argumentara que no cabía emitir informe por no cumplir D. Alfonso de Esteban Alonso con los requisitos establecidos para la concesión de la condición de profesor emérito, y tras petición expresa de “informe favorable” (sic), la Asesoría Jurídica de la Universidad Rey Juan Carlos elaboró un informe facultativo no vinculante en el que señalaba que los años en comisión de servicios no eran incompatibles con el criterio que se establece para obtener la condición de profesor emérito ya que en ese tiempo el querellante se encontraba en activo.”


DOCUMENTOS QUE NO REFLEJAN LA REALIDAD ACADÉMICA

“En este contexto, D. Alfonso de Esteban Alonso adulteró la solicitud remitida inicialmente al Rectorado introduciendo dos comas manualmente  que recoge su solicitud de 19 de febrero de 2013 e intentar promover un Consejo de Departamento Extraordinario, tal y como se acredita en la documentación adjunta. Es precisamente esa solicitud adulterada el documento que aportó el querellante en su querella y no lo original dirigida al Rector.

En el marco de la Ley Orgánica de Universidades, de los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos y del Reglamento Marco de Funcionamiento de los Departamentos de la Universidad Rey Juan Carlos no existe ninguna obligación legal ni reglamentaria expresa de convocar un Consejo Extraordinario de Departamento en el plazo que D. Alfonso de Esteban quería imponer, y mucho menos, tras comprobar que esa petición se basaba en la burda (introducción manual de dos comas) manipulación de una solicitud dirigida al Rector que incluso modificaba así la fecha de su propio concurso de acceso y que implicó a otros profesores que jamás tuvieron conocimiento de dichas circunstancias antes de avalar la petición de Consejo Extraordinario. De hecho, el rector de la Universidad Rey Juan Carlos, en ese momento D. Fernando Suárez en funciones, no tenía ni tiene autoridad ninguna (ni en LOU ni en Estatutos, ni en Reglamento Departamentos) para obligar a un director de departamento a convocar un consejo de departamento, siempre y cuando la celebración de consejo extraordinario se produzca en el plazo que el propio solicitante indicó. Simplemente hay que leer los estatutos de la universidad y saber diferenciar entre las competencias exclusivas de los responsables de cada órgano colegiado.”

DESENLACE DE LOS HECHOS

“El 2 de septiembre de 2013 D. Octavio Uña Juárez dejó de ser Director del Departamento de Ciencias Sociales de la Universidad Rey Juan Carlos, por lo que no estaba en condiciones formales de convocar ningún Consejo de Departamento Extraordinario. Esto ocurrió casi un mes antes de la celebración del Consejo de Gobierno en el que supuestamente se iba a tramitar la solitud de D. Alfonso de Esteban. La persona que sucedió en la dirección del Departamento a D. Octavio Uña fue una de las peticionarias del mencionado Consejo Extraordinario, y tampoco convocó dicha sesión.


  1. Octavio Uña no ha incurrido jamás en ningún apartamiento grueso y vasto de las normas que regulan este tipo de convocatorias que pudiera ser presuntamente tipificada como prevaricación, más bien al contrario. Como así consta en el Rectorado de la Universidad Rey Juan Carlos, desde un principio inició la tramitación de la solicitud de D. Alfonso de Esteban Alonso a pesar de que el Departamento de Ciencias Sociales no recibió jamás ninguna solicitud expresa por parte del querellante para que se le asignaran las tareas propias de la condición de profesor emérito tal y como exige la normativa vigente.”

CONCLUSIONES

“La voluntad de D. Octavio Uña Juárez no fue nunca ir contra de la norma ni incurrir en desistimiento alguno de sus obligaciones como funcionario. Al contrario. Ha quedado acreditado documentalmente que inició el proceso de elaboración del informe preceptivo hasta identificar las incorrecciones de las fechas y las alteraciones documentales (inclusión de las comas para modificar el sentido de la fecha de acceso) asociadas a la solicitud del querellante y que incluso se ha aportado como prueba documental en la querella interpuesta contra D. Octavio Uña Juárez.

Además, en último término, D. Octavio Uña Juárez invitó formalmente a D. Alfonso de Esteban Alonso a presentar de nuevo su solicitud de profesor emérito, eso sí, sin alteraciones documentales de ningún tipo y conforme a su verdadero concurso de acceso.

Esto es lo que ha ocurrido conforme a los documentos adjuntos que fueron introducidos debidamente en el procedimiento judicial, y en las manifestaciones vertidas por el propio Octavio Uña Juárez.

 De esta manera acudiremos al Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales, y en su caso, ante el Tribunal Europeo de derechos humanos”

 Nosotros desde aquí, les iremos informando de cada una de las acciones que se emprendan. Ojalá podamos contarles que nuestro objetivo se ha cumplido, porque supondría que, por fin, algunos miembros y ex miembros de la URJC ocupen el lugar que les corresponde en la Sociedad.

2019-01-03T23:38:49+00:0013 diciembre, 2018|Categorías: Actualidad Jurídica, ACTUALIDAD POLÍTICA, ACTUALIDAD SOCIAL|

One Comment

  1. Amador Álvarez Mateo 18 agosto, 2019 at 9:37 pm - Reply

    No tengo ninguna duda de la rectitud de Don Octavio Uña Juárez.

Comenta este artículo