En el año 2010 se presentaba una demanda contencioso administrativa contra el por entonces Rector de la Universidad Rey Juan Carlos y ahora Magistrado del Tribunal Constitucional, Pedro González Trevijano. El motivo, presentarse a un tercer mandato como rector cosa que no permite la propia Universidad en sus Estatutos.
Pero el lado más llamativo no es éste. Lo que ahora en 2018 ha acaparado la atención de los medios de comunicación es quién tramitó el caso en primera instancia: el Magistrado Alberto Palomar que, al mismo tiempo, era profesor de un Máster en la Rey Juan Carlos. Aunque para la Ley Orgánica del Poder Judicial esta pueda ser una causa de abstención o recusación por parte de un Magistrado “por tener un interés directo o indirecto en la causa”, el juez Alberto Palomar no lo hizo y siguió adelante con ambas cosas. Y es aquí donde han saltado todas las alarmas y las miradas vuelven a dirigirse a una institución que, cuando menos, comienza a tener goteras.
El abogado penalista de Lex Castellana, Jorge González, fue Letrado-Director de la Querella interpuesta a Palomar por un delito de Prevaricación Judicial. Según González: “La querella debió admitirse a trámite porque existían dos informes favorables, previos, del Fiscal pidiendo la admisión de la Querella y un exquisito voto particular del Magistrado Fernández Castro en el que exponía con brillantez la existencia de hasta 5 resoluciones firmadas por el Magistrado querellado contrarias a la Ley”. Pero no fue así, ya que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que entendió de esta querella, la desestimó. La justicia, la del TSJM, denegó la posibilidad de investigar a un juez por presunta corrupción con el ex Rector Trevijano de la URJC, como hemos dicho al principio de este artículo, actual Magistrado del Tribunal Constitucional. Todo ello a pesar de los manifiestos indicios de delito que se apreciaban en el voto particular del Magistrado Emilio Fernández Castro.
Es ahora, ocho años después y en pleno fulgor del Caso Máster: Cifuentes, Casado, Montón, “tarjetas black” del Instituto de Derecho Público y lo que esté por llegar, cuando nos sentimos perplejos al recordar lo sucedido. Para Jorge González “resulta cuando menos sorprendente que ante la existencia de indicios más que evidentes de un delito de prevaricación judicial, la sala inadmitiera a trámite la querella”.
Recordemos que Palomar Olmeda no sólo tramitó en primera instancia un caso contra su, supuestamente, pagador en la URJC, si no que además tardó 114 días en ejecutar la sentencia del TSJM, que, en segunda instancia, anuló la candidatura de Trevijano al Rectorado de la URJC. Jorge González se muestra contundente cuando le preguntamos por qué cree que se cometió un delito de Prevaricación Judicial: “desde mi punto de vista se cometió un delito de prevaricación judicial por no ejecutar una sentencia firme de un tribunal superior, amparándose en la existencia de un incidente de nulidad de actuaciones. No tiene cobertura legal alguna según el artículo 241,2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que dice que : Admitido a trámite el escrito en que se dicta la nulidad… no quedará en suspenso la ejecución y eficacia de la sentencia o resolución irrecurribles. En la Prevaricación Judicial se castiga dictar una resolución por parte de un juez contraria a derecho -resolución injusta- a sabiendas -con plena conciencia de su ilegalidad- como fue el caso presente, según mi opinión”.
El caso del Magistrado Alberto Palomar, que muchos han intentado dejar pasar de largo, tiñe nuevamente la imagen de la Universidad Rey Juan Carlos. Y lo que ya casi damos por sentado, es que hoy volveremos a tomar café con un nuevo escándalo.
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